Uniones con y sin contenido ...
Uniones con y sin contenido sexual
Juan Luis Lorda, Diario de Navarra, 13.I.04
Según informaba el periódico hace unos días, un determinado ayuntamiento, por su cuenta y riesgo, ha decidido celebrar simbólicamente bodas de parejas homosexuales. Esta es la anécdota. Alguien comentaba que es una medida progresista. El asunto merece una reflexión. En primer lugar, no se entiende por qué hay que bendecir y dotar de beneficios fiscales a la unión sexual de dos personas y no, por ejemplo, a la unión de tres, cuatro o más personas; por no hablar de la unión, sexual o no, de personas y animales, asunto todavía dudoso dentro del ámbito que se autotitula progresista. Tampoco se entiende por qué el deseo de convivir y otorgarse mutuamente favores sexuales tiene que tener mayor consideración y derechos que otras uniones sin contenido sexual, pero que son más beneficiosas para la sociedad. Es decir, por qué se privilegia las uniones sexuales y, en cambio, no se celebran y se dota de beneficios fiscales a la unión, temporal o permanente, de los cuatro compadres que forman una partida de mus, del grupo de cazadores que salen todos los domingos, o simplemente del grupo de amigos que van juntos al cine o a tomar un chiquito.
No se entiende por qué la unión de dos personas por intereses sexuales, que suele ser bastante efímera, ha de tener más derechos fiscales que las comunidades religiosas que se unen por fuertes y estables intereses religiosos y benéficos (aquí sí que hay una grave discriminación). No se entiende por qué el trato sexual privado de dos, tres o más personas, reporta más beneficios y merece mayor atención que cualquiera de las otras formas de convivencia sin sexo. Todas son relaciones humanas, pero las otras son menos privadas; y por eso mismo, merecerían mayor reconocimiento y beneficios fiscales. Si dos amigos se quieren mucho y no hay sexo por medio, no hay derechos ni beneficios fiscales en herencias y pensiones. Pero si declaran que hay sexo, entonces hay nuevos derechos y beneficios fiscales. Si cuatro amigos se reúnen durante toda la vida para jugar al mus no hay derechos ni beneficios fiscales. Pero si declaran que se reúnen de dos en dos para practicar el sexo, entonces sí que los hay. A ver si esto no es un absurdo jurídico y una discriminación por razón de sexo.
Por otra parte, la unión de dos, tres o más personas para otorgarse favores sexuales no tiene nada que ver con el matrimonio, como no sea por accidente. Como ha escrito recientemente otro profesor, la palabra matrimonio viene de la expresión latina matri munus; es decir, literalmente, el oficio de la madre. Este oficio consiste, como todo el mundo sabe, en engendrar, dar a luz, amamantar y cuidar del recién nacido (sobre todo, cambiándole los pañales, hablándole con cariño materno y acunándolo), y educarlo hasta que pueda disponer de sí mismo. El oficio de la madre es, seguramente, el más importante de la vida social y tiene un altísimo interés social defenderlo. Así lo hacen todas las culturas sanas. Por eso, desde el origen de la humanidad, se regulan seriamente los vínculos conyugales, para dar estabilidad jurídica y económica a los hogares y proteger a los hijos. Es un oficio insustituible y cuando falta, hay que hacer todo lo posible por paliarlo, buscando fórmulas que se le parezcan. Todos dependemos y hemos dependido de ese vínculo tan importante. Esto sin entrar en la consideración cristiana de lo que es un matrimonio, como ideal de vida que representa la máxima expresión del amor conyugal, y está en la base de nuestra cultura y legislación. En el caso de la relación homosexual, como es evidente, no hay ningún oficio de la madre. Ni conciben, ni dan a luz, ni crían, ni están capacitados para cuidar bebés sólo por el hecho de que sientan atracción mutua y quieran concederse favores sexuales. Eso no proporciona ninguna capacitación especial para el cuidado y educación de los infantes, sino probablemente lo contrario. En todo caso, no tienen más título para adoptar niños del que pueda tenerlos el cuerpo de bomberos, una sociedad gastronómica, un equipo de fútbol o cualquier particular.
Parece importante no confundir las cosas en un campo tan delicado, donde todos nos jugamos tanto. Si dos particulares deciden convivir porque se gustan y quieren concederse mutuamente favores sexuales, allá ellos. Se podrían hacer muchas consideraciones biológicas, psicológicas y morales, pero no es el caso. La relación homosexual es, por su naturaleza, una relación estrictamente privada, bastante inestable y siempre estéril. Puede ser regulada por el derecho, como puede serlo cualquier relación humana. Pero no tiene nada que ver con el matrimonio y apenas tiene interés público. Se entiende perfectamente que, los grupos homosexuales más beligerantes quieran lograr un reconocimiento social, pero no puede ser a costa de confundir las bases del derecho familiar y de los intereses de la sociedad. Una sociedad que quiera mantenerse sana, sobrevivir y progresar no puede jugar con el oficio de la madre.
Juan Luis Lorda, Diario de Navarra, 13.I.04
Según informaba el periódico hace unos días, un determinado ayuntamiento, por su cuenta y riesgo, ha decidido celebrar simbólicamente bodas de parejas homosexuales. Esta es la anécdota. Alguien comentaba que es una medida progresista. El asunto merece una reflexión. En primer lugar, no se entiende por qué hay que bendecir y dotar de beneficios fiscales a la unión sexual de dos personas y no, por ejemplo, a la unión de tres, cuatro o más personas; por no hablar de la unión, sexual o no, de personas y animales, asunto todavía dudoso dentro del ámbito que se autotitula progresista. Tampoco se entiende por qué el deseo de convivir y otorgarse mutuamente favores sexuales tiene que tener mayor consideración y derechos que otras uniones sin contenido sexual, pero que son más beneficiosas para la sociedad. Es decir, por qué se privilegia las uniones sexuales y, en cambio, no se celebran y se dota de beneficios fiscales a la unión, temporal o permanente, de los cuatro compadres que forman una partida de mus, del grupo de cazadores que salen todos los domingos, o simplemente del grupo de amigos que van juntos al cine o a tomar un chiquito.
No se entiende por qué la unión de dos personas por intereses sexuales, que suele ser bastante efímera, ha de tener más derechos fiscales que las comunidades religiosas que se unen por fuertes y estables intereses religiosos y benéficos (aquí sí que hay una grave discriminación). No se entiende por qué el trato sexual privado de dos, tres o más personas, reporta más beneficios y merece mayor atención que cualquiera de las otras formas de convivencia sin sexo. Todas son relaciones humanas, pero las otras son menos privadas; y por eso mismo, merecerían mayor reconocimiento y beneficios fiscales. Si dos amigos se quieren mucho y no hay sexo por medio, no hay derechos ni beneficios fiscales en herencias y pensiones. Pero si declaran que hay sexo, entonces hay nuevos derechos y beneficios fiscales. Si cuatro amigos se reúnen durante toda la vida para jugar al mus no hay derechos ni beneficios fiscales. Pero si declaran que se reúnen de dos en dos para practicar el sexo, entonces sí que los hay. A ver si esto no es un absurdo jurídico y una discriminación por razón de sexo.
Por otra parte, la unión de dos, tres o más personas para otorgarse favores sexuales no tiene nada que ver con el matrimonio, como no sea por accidente. Como ha escrito recientemente otro profesor, la palabra matrimonio viene de la expresión latina matri munus; es decir, literalmente, el oficio de la madre. Este oficio consiste, como todo el mundo sabe, en engendrar, dar a luz, amamantar y cuidar del recién nacido (sobre todo, cambiándole los pañales, hablándole con cariño materno y acunándolo), y educarlo hasta que pueda disponer de sí mismo. El oficio de la madre es, seguramente, el más importante de la vida social y tiene un altísimo interés social defenderlo. Así lo hacen todas las culturas sanas. Por eso, desde el origen de la humanidad, se regulan seriamente los vínculos conyugales, para dar estabilidad jurídica y económica a los hogares y proteger a los hijos. Es un oficio insustituible y cuando falta, hay que hacer todo lo posible por paliarlo, buscando fórmulas que se le parezcan. Todos dependemos y hemos dependido de ese vínculo tan importante. Esto sin entrar en la consideración cristiana de lo que es un matrimonio, como ideal de vida que representa la máxima expresión del amor conyugal, y está en la base de nuestra cultura y legislación. En el caso de la relación homosexual, como es evidente, no hay ningún oficio de la madre. Ni conciben, ni dan a luz, ni crían, ni están capacitados para cuidar bebés sólo por el hecho de que sientan atracción mutua y quieran concederse favores sexuales. Eso no proporciona ninguna capacitación especial para el cuidado y educación de los infantes, sino probablemente lo contrario. En todo caso, no tienen más título para adoptar niños del que pueda tenerlos el cuerpo de bomberos, una sociedad gastronómica, un equipo de fútbol o cualquier particular.
Parece importante no confundir las cosas en un campo tan delicado, donde todos nos jugamos tanto. Si dos particulares deciden convivir porque se gustan y quieren concederse mutuamente favores sexuales, allá ellos. Se podrían hacer muchas consideraciones biológicas, psicológicas y morales, pero no es el caso. La relación homosexual es, por su naturaleza, una relación estrictamente privada, bastante inestable y siempre estéril. Puede ser regulada por el derecho, como puede serlo cualquier relación humana. Pero no tiene nada que ver con el matrimonio y apenas tiene interés público. Se entiende perfectamente que, los grupos homosexuales más beligerantes quieran lograr un reconocimiento social, pero no puede ser a costa de confundir las bases del derecho familiar y de los intereses de la sociedad. Una sociedad que quiera mantenerse sana, sobrevivir y progresar no puede jugar con el oficio de la madre.
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